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Huelga general del 11 de noviembre de 2026: vuelos, reembolso y compensación

Publicado el: 26 de octubre de 2026 · Última actualización: 26 de octubre de 2026

Los dos grandes sindicatos, CCOO y UGT, han convocado una huelga general de 24 horas para el miércoles 11 de noviembre de 2026 por el precio de la vivienda y los salarios. Es la primera huelga general que convocan juntos desde noviembre de 2012. Los vuelos con origen, destino o dentro de España pueden cancelarse o retrasarse: siempre le corresponden el reembolso o un vuelo alternativo y asistencia durante la espera; que además le corresponda una compensación de 250 a 600 € depende de quién haga huelga y de cuándo le avisaron.

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Qué está convocado

La huelga dura 24 horas, el miércoles 11 de noviembre de 2026, en toda España y en todos los sectores, públicos y privados. CCOO y UGT reclaman salarios que permitan pagar el alquiler o la hipoteca, topes al alquiler en las zonas tensionadas, más vivienda pública y límites a los pisos turísticos. CGT y LAB se han sumado a la convocatoria; CSIF ha anunciado que no participará. Las elecciones generales se celebran el 29 de noviembre.

Qué vuelos pueden verse afectados

Una huelga general llega a los aeropuertos a través de quienes trabajan en ellos: el personal de handling, que carga las maletas y atiende los aviones, el personal de los aeropuertos y de seguridad y parte de los empleados de las aerolíneas. Puede haber retrasos y cancelaciones en vuelos nacionales e internacionales de todos los aeropuertos españoles, y también en el transporte público hacia y desde los aeropuertos. Cuántos vuelos operen dependerá de los servicios mínimos y del seguimiento de la huelga.

Los servicios mínimos

En las huelgas que afectan al transporte aéreo, el Ministerio de Transportes fija unos servicios mínimos: una parte de los vuelos que debe operarse, según el tipo de ruta. En huelgas recientes de handling, por ejemplo, protegió en torno al 77 % de los vuelos a Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, el 57 % de los internacionales y el 36 % de los nacionales con alternativa por tierra de menos de 5 horas. La resolución para el 11 de noviembre aún no se ha publicado. La aerolínea decide qué vuelos mantiene, así que consulte su reserva.

La fecha clave: el 28 de octubre

La compensación por una cancelación depende primero de cuándo le avisaron. Si su aerolínea le avisó el miércoles 28 de octubre o antes, con al menos dos semanas de antelación para un vuelo del 11 de noviembre, no corresponde compensación, aunque sí el reembolso o un vuelo alternativo. Si le avisó el 29 de octubre o después, puede corresponderle, según la causa (siguiente apartado).

Quién hace huelga decide si corresponde compensación

Cuando paran el personal de handling, de los aeropuertos o de seguridad, o los controladores aéreos, la causa es ajena a la aerolínea: suele considerarse una circunstancia extraordinaria, y la compensación fija no suele corresponder. Cuando hace huelga el propio personal de una aerolínea por sus propias condiciones laborales, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que no es una circunstancia extraordinaria (sentencia Airhelp contra SAS, C-28/20, de 2021). Si ocurre lo mismo cuando los empleados de una aerolínea se suman a una huelga general contra la política del Gobierno no está resuelto. Es previsible que las aerolíneas lo discutan, y estudiamos cada caso por separado.

Sus derechos si cancelan su vuelo

Sea cual sea la causa, la aerolínea debe ofrecerle el reembolso íntegro en 7 días o un vuelo alternativo a su destino. Mientras espera, debe darle comida y bebida y, si tiene que pasar la noche, hotel y el traslado. Cuando corresponde, la compensación es por pasajero:

  • 250 € hasta 1.500 km, como Madrid–Barcelona (unos 480 km);
  • 400 € de 1.500 a 3.500 km, como Madrid–Tenerife Sur (unos 1.820 km);
  • 600 € a partir de 3.500 km, como Madrid–Nueva York JFK (unos 5.760 km).

Si su vuelo se retrasa

Si llega a su destino con 3 horas o más de retraso, pueden corresponderle los mismos importes (Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia Sturgeon, C-402/07, de 2009), y decide la misma cuestión de la causa. Cuenta la hora en que se abren las puertas a la llegada (sentencia Germanwings, C-452/13, de 2014).

Qué hacer ahora

Consulte su reserva en la aplicación de la aerolínea antes de viajar y guarde todos los correos o mensajes sobre una cancelación o un nuevo horario: la fecha del aviso importa. Si cancelan su vuelo, elija entre el reembolso y otro vuelo, guarde los tiques de comida y hotel y compruebe su vuelo con nosotros: son dos minutos y no cuesta nada si no ganamos.

Preguntas frecuentes

Mi vuelo del 11 de noviembre no está cancelado. ¿Debo cambiarlo?

No necesariamente. Si lo cambia o lo cancela usted, la aerolínea no le debe nada por ese vuelo en virtud del Reglamento. Espere a la aerolínea: si cancela o cambia su vuelo, tiene derecho al reembolso o a otro vuelo sin coste.

¿Operarán los vuelos de Iberia, Vueling y Ryanair?

Cada aerolínea decide qué vuelos mantiene dentro de los servicios mínimos que fije el Ministerio, y avisa a los pasajeros afectados. A 26 de octubre ninguna había anunciado cancelaciones. La parte protegida es mayor en las rutas con las islas y menor en las rutas nacionales cortas.

¿Me corresponde compensación si cancelan mi vuelo por la huelga general?

Depende. Si le avisaron el 28 de octubre o antes, no. Si fue después, depende de quién hiciera huelga: normalmente no por el personal de handling, de los aeropuertos o los controladores; posiblemente sí por el propio personal de la aerolínea, una cuestión que los tribunales aún no han resuelto. El reembolso o un vuelo alternativo y la asistencia le corresponden en todo caso.

Vuelo a España desde otro país. ¿Estoy cubierto?

Sí, si sale de un aeropuerto de la Unión Europea, de Islandia, Noruega o Suiza, con cualquier aerolínea, o desde otro país con una aerolínea europea.

Para saber más

Fuentes oficiales